Ir al contenido principal

Entradas

Mostrando entradas de julio, 2017

La plenitud del derecho

El Principio de la Plenitud del Derecho: La plenitud del Derecho equivale a sostener que cualquier ordenamiento jurídico estatal dispone de alguna norma que regula adecuadamente cualquier supuesto fáctico-social que pueda presentarse. También puede decirse que un ordenamiento jurídico estatal es pleno (o completo) cuando los jueces pueden encontrar siempre en él una norma en la que se contenga la regulación del conflicto que se somete a su decisión. El principio de la plenitud del derecho ha sido incorporado a la mayor parte de los ordenamientos jurídicos estatales de forma indirecta a través de un precepto en el se impone a los jueces el deber inexcusable de pronunciarse jurídicamente sobre cualquier asunto litigioso que se les presente. Así lo hace la disposición 1.7 del actual Código Civil español, al establecer que "los Jueces y Tribunales tienen el deber inexcusable de resolver en todo caso los asuntos de que conozcan, ateniéndose al sistema de fuentes establecido....

La dama de la justicia

La Justicia : La justicia se representa por una mujer con los ojos vendados, con una balanza en una mano y una espada en la otra justicia.  La justicia es la concepción que cada época y civilización tienen acerca del bien común. Es un valor determinado por la sociedad. Nació de la necesidad de mantener la armonía entre sus integrantes. Es el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones. Este conjunto de reglas tiene un fundamento cultural y en la mayoría de sociedades modernas, un fundamento formal: El fundamento cultural se basa en un consenso amplio en los individuos de una sociedad sobre lo bueno y lo malo, y otros aspectos prácticos de como deben organizarse las relaciones entre personas. Se supone que en toda sociedad humana, la mayoría de sus miembros tienen una concepción de lo j...

La Seguridad Jurídica

La Seguridad Jurídica : El Derecho, nacido como instancia determinadora del comportamiento que los hombres tienen que seguir en sus relaciones, ha de ser garante de esa buscada seguridad. La seguridad jurídica ocupa dos posiciones distintas en su relación con el Derecho. Por una parte, se presenta como una meta exterior al propio Derecho, por cuanto es un objetivo de la vida social, que el Derecho tiene que contribuir a lograr. Por otra parte, se muestra como una cualidad o carácter interno, como rasgo peculiar de su propio modo-de-ser. Consecuentemente el Derecho ha de transmitir su propia seguridad a la regulación de las relaciones sociales mediante la realización de unas determinadas exigencias o condiciones básicas, que se sintetizan en: Que las normas jurídicas sean establecidas de forma pública y vinculante para todos los miembros de la comunidad. Que sean autosuficientes, de tal modo que su validez y su fuerza vinculante no queden nunca subordinad...
Fines y Valor del Derecho Fines y Valor del Derecho: La Perspectiva Kelsiana de la Valoración Jurídica : Uno de los resultados más valiosos del formalismo kelseniano es su demostración de que la voluntad, esto es, el efectivo querer de tales o cuales contenidos normativos, puede separarse de la obligatoriedad o validez de la norma, en forma tal que esta se constituye y subsiste independientemente de aquella. La tesis de Kelsen en cuanto a la valoración jurídica es, en este sentido, extrema: para el la obligatoriedad del Derecho es un carácter puramente formal o lógico de la norma, que no tiene fundamento alguno en el querer individual o colectivo. Semejante punto de vista nos parece, en su radicalismo, contrario a la naturaleza del fenómeno jurídico tal como se da en la experiencia. Por lo pronto tiene importancia una cosa: el Derecho, que autorregula su propia génesis, como autorregula un organismo su crecimiento y conservación, incorpora a través del proceso democráti...

Sobre la Naturaleza Humana

Universidad Yacambú Filosofía del Derecho La Obligatoriedad Jurídica : El Derecho, está unido tan profundamente a la característica de la obligatoriedad que, si llegara a faltarle este rasgo, dejaría de ser Derecho, o es obligatorio, o no es Derecho propiamente dicho. La obligatoriedad, o capacidad de imponer de forma obligatoria al sujeto una determinada conducta, es, pues, un rasgo que forma parte del núcleo esencial del Derecho. Posiciones de base ante la obligatoriedad del Derecho: Reducción de la obligatoriedad jurídica a la obligatoriedad moral, es decir, moralización de la obligatoriedad jurídica (iusnaturalismo tradicional). Afirmación de la peculiaridad y autonomía de la obligatoriedad jurídica. La primera se basa en el presupuesto de que la única obligatoriedad propiamente dicha es la obligatoriedad moral u obligatoriedad en conciencia. La segunda se caracteriza, a su vez, por atribuir al Derecho una peculiar y específica capacidad de impone...